Tú también puedes
pedir la disolución del Ayuntamiento Independentista de San Pere de Torelló.
Alternativa Española, el pasado diez de septiembre presentó en La Moncloa un escrito dirigido al Presidente del Gobierno para que se iniciara el proceso de disolución del Ayuntamiento de San Pere de Torelló que hizo una proclamación de independencia.
Todos los españoles podemos hacer lo mismo. El procedimiento es sencillo.
A) Por correo electrónico
Se entra en la siguiente dirección
https://portal-scc.presidencia.gob.es/ciudadan@s/contacto.jsp,
se implementan los datos personales y se adjunta el documento que se incluye más abajo.
B) También
se puede imprimir y remitir directamente por correo ordinario a la siguiente dirección
Excmo. Sr.
D. Mariano Rajoy Brey
Presidente
del Gobierno
Complejo de
la Moncloa,
Avda. Puerta
de Hierro, s/n. 2
8071 Madrid.
(España).
TEXTO DEL DOCUMENTO A ENVIAR
AL
PRESIDENTE DEL GOBIERNO
D. , con DNI nº _________, como
español, ante su excelencia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
I.- Que el pasado lunes día 3 de
septiembre ha sido aprobada una moción por el Ayuntamiento de Sant Pere de
Torelló de la provincia de Barcelona, a iniciativa de su Alcalde y con el voto
unánime de los concejales que forman el consistorio, por el que se declara al
municipio “Territorio Catalán Libre”, no sujetos a la Constitución Española,
instando al Gobierno Autonómico de Cataluña a declarar la independencia de
España.
Estos hechos tal como se relatan han
sido publicados por diferentes medios de prensa, siendo públicos los términos
de dicha moción y, lo que es más importante, el significado que el Alcalde y
concejales de este Ayuntamiento han querido dar a esta moción, como declaración
de independencia de España.
Para que no quedara duda sobre el
alcance de la moción aprobada, la página
web oficial del Ayuntamiento de Sant
Pere de Torelló publica con estas palabras la noticia de la aprobación de la
moción:
“APROVADA PER UNANIMITAT LA MOCIÓ DE
DECLARACIÓ D´INDEPENDENCIA DE CATALUNYA”
II.- La aprobación de esta moción, es
un acto de gestión que atenta gravemente a los intereses generales de España
con incumplimiento de las obligaciones constitucionales.
En primer lugar porque el Alcalde y los
concejales que con su voto han aprobado esta moción han declarado su no
acatamiento a la Constitución, declarando a su municipio como parte integrante
de Cataluña independiente de España, declarando al municipio “territorio libre
de Cataluña”, rompiendo con ello el juramento o promesa de acatamiento a la
Constitución y a sus leyes, y el deber de cumplirla y hacerla cumplir. Promesa
o juramento que prestado el día en que tomaron posesión de sus cargos, era y es
requisito imperativo para su toma de posesión.
En segundo lugar, porque insta al
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cataluña a la declaración unilateral de su
independencia de España. Esto es, insta
a un órgano del Estado al quebrantamiento de la Ley y de la Constitución,
mediante el más grave acto de rebeldía institucional posible, tanto desde el
punto de vista meramente político como jurídico, fuera de todo cauce legal y
constitucional.
En tercer lugar, porque la aprobación
de esta moción constituye la utilización de las instituciones y cargos públicos
en una campaña de desestabilización del orden constitucional, incardinada en
una campaña generalizada ya anunciada por diversos municipios de Cataluña con
el objetivo de romper la unidad de España mediante una declaración unilateral
de independencia.
No debería ser necesario recordar que el art. 2 de la
Constitución Española declara que la misma se fundamenta en la indisoluble unidad de la
Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, como
realidad previa incluso a la existencia de la Constitución.
En
cuarto lugar, porque la moción aprobada excede obviamente las competencias de
la administración local, constituyendo un acto de rebeldía al orden
constitucional y legal.
III.- El art. 61 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local dispone que:
Por todo ello, al
amparo del art. 29 de la Constitución Española, y de los artículos 1, 2 y 4 de
la Ley Orgánica 4/2001 de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición,
por el presente escrito
SOLICITO
Al Presidente del Gobierno para que atendiendo al derecho de petición y en
aplicación de lo dispuesto en el
artículo 61 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local inicie los trámites necesarios para la disolución de la
Corporación del Ayuntamiento de Sant
Pere de Torelló.